SERVICIOS DE INMIGRACIÓN
Los ciudadanos y residentes permanentes de EE. UU. pueden ayudar a ciertos familiares a obtener la residencia. Conozca qué parentescos califican y qué afecta la espera.
Abogado James Betzold · Más de 17 años de experiencia · Servicio en todo el país por teléfono o video
Solo para fines informativos
Esta página ofrece información general para ayudarle a entender si podría calificar. No es asesoría legal. Cada caso es diferente, y solo una consulta legal con el abogado James Betzold puede determinar si usted es elegible.
Una petición familiar es la manera en que un ciudadano estadounidense o un residente permanente (titular de green card) le pide al gobierno de EE. UU. que reconozca un parentesco cercano para que su familiar pueda inmigrar. Para muchos cónyuges, hijos, padres y hermanos, es el primer paso hacia la residencia permanente.
No todos los familiares califican, y algunos avanzan más rápido que otros. Aquí le explicamos quién puede pedir, por quién y qué puede impedir el proceso.
Si quien presenta la petición (el “peticionario”) es ciudadano estadounidense, puede pedir a:
Si el peticionario es residente permanente, puede pedir a:
En toda petición familiar:
La ley divide a los familiares en dos grupos: familiares inmediatos y categorías de preferencia. El grupo determina en gran parte cuánto podría esperar.
Son el cónyuge de un ciudadano, los hijos solteros menores de 21 años de un ciudadano y los padres de un ciudadano mayor de 21 años. No hay un límite anual de visas para ellos, así que no hacen fila esperando un número de visa, aunque su caso sí toma tiempo de trámite.
Los demás familiares que califican entran en “categorías de preferencia”, que tienen un número limitado de residencias cada año:
En estas categorías, el cónyuge y los hijos menores del familiar normalmente pueden inmigrar junto con él. En cambio, cada familiar inmediato necesita su propia petición.
Como las visas de preferencia son limitadas, existe una fila. El lugar de su familiar en esa fila se llama fecha de prioridad, que por lo general es la fecha en que se presentó la petición. Cada mes, el Departamento de Estado publica una tabla que indica qué fechas de prioridad pueden avanzar.
La espera depende de la categoría y del país de nacimiento del familiar, porque también hay límites por país. En algunos casos la espera dura muchos años, incluso décadas. Además, los cambios en la vida familiar pueden cambiar la categoría:
Un ciudadano comprometido con alguien en el extranjero podría traer a su pareja a Estados Unidos para casarse, mediante la visa K-1 de prometido(a). Es un camino aparte, con sus propios requisitos.
En la mayoría de los casos familiares, el peticionario debe comprometerse ante el gobierno a mantener económicamente a su familiar si fuera necesario. Este compromiso es un contrato que se puede hacer cumplir por ley; no es un simple trámite. En general:
Aparte, el gobierno evalúa si el familiar podría convertirse en “carga pública”, es decir, depender principalmente de la ayuda del gobierno. Una nueva regla de carga pública entró en vigor el 18 de septiembre de 2026 y permite considerar más tipos de beneficios públicos que antes. Esa regla está siendo impugnada en los tribunales federales.
Parentescos que no califican:
Otros problemas comunes:
Además, la petición familiar por sí sola no le da a su familiar estatus legal ni lo protege de la deportación. Según las pautas de USCIS de 2025, si el familiar está en EE. UU. y es deportable, puede ser enviado a la corte de inmigración. Por eso es importante buscar asesoría legal antes de presentar el caso.
Los cónyuges con menos de dos años de matrimonio al recibir la residencia generalmente obtienen primero una residencia condicional de dos años, y luego deben pedir que se quiten las condiciones.
No. Solo los ciudadanos de 21 años o más pueden pedir a sus padres. Si el residente se hace ciudadano, podría hacerlo entonces.
No. Estos parentescos no califican, aunque la relación sea muy cercana.
Depende de la categoría y del país de nacimiento del familiar. Los familiares inmediatos de ciudadanos no esperan un número de visa; en las categorías de preferencia la espera puede ser de muchos años.
Es el lugar de su familiar en la fila de una categoría de preferencia, por lo general la fecha en que se presentó la petición. Su familiar puede avanzar cuando la tabla mensual del gobierno alcanza esa fecha.
No. La petición no da estatus legal ni protección contra la deportación, así que busque asesoría antes de presentar el caso.
Muchas veces su familiar pasa a una categoría más rápida. El cónyuge o un hijo menor puede convertirse en familiar inmediato, y un hijo soltero adulto pasa a F1.
Cada familia tiene su propia historia. El abogado James Betzold ofrece consultas por teléfono o videollamada, en todo Estados Unidos. Llame hoy al +1 (833) 847-2335 para conocer las opciones de su familia y dar el siguiente paso con confianza.
La información de esta página se ofrece solo con fines informativos generales y no constituye asesoría legal. Leer esta página, comunicarse con nuestra oficina o agendar una evaluación de su caso no crea una relación abogado-cliente. Cada caso de inmigración es diferente y depende de sus propios hechos, de su historial y de la ley vigente en ese momento. Las leyes, políticas y decisiones judiciales de inmigración cambian con frecuencia, y esta información (vigente a octubre de 2026) podría no reflejar los cambios más recientes. Cumplir con un requisito descrito aquí no significa que usted califique ni que una solicitud será aprobada. La elegibilidad solo puede determinarse mediante una consulta legal con el abogado James Betzold, quien revisará su situación particular. No tome ni deje de tomar ninguna decisión basándose únicamente en esta página. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar.